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        La declaración de utilidad pública nos da la posibilidad de desgravar las donaciones realizadas en los siguientes porcentajes:

        1 Personas Físicas (IRPF):

        • Hasta 150€ de donación, un 80%.
        • El resto de donaciones a partir de 150€ un 35% por norma general.
        1 Personas Jurídicas (Impuesto de sociedades):
        • Si en los 2 ejercicios anteriores NO se ha donado a la misma entidad* un 35%.
        • Si en los 2 ejercicios anteriores SI se ha donado a la misma entidad* un 40%.
        El límite de la deducción es el 10 % de la Base liquidable.
        *Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

        INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

        • Responsable: asociación de padres para la promoción y atención al discapacitado intelectual adulto.
        • Finalidad principal: gestionar la relación comercial/profesional
        • Legitimación: consentimiento del interesado/ejecución de un contrato
        • Destinatarios: no se cederán datos a terceros, salvo autorización expresa u obligación legal.
        • Derechos: acceder, rectificar y suprimir los datos, portabilidad de los datos, limitación u oposición a su tratamiento, transparencia y derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas.
        • Información adicional: puede consultar la información adicional y detallada sobre nuestra política de privacidad en http://www.apadema.es/politica-de-privacidad/