Desgravación
- Personas Físicas (IRPF):
- Hasta 150€ de donación, un 80%.
- El resto de donaciones a partir de 150€ un 35% por norma general.
- Personas Jurídicas (Impuesto de sociedades):
- Si en los 2 ejercicios anteriores NO se ha donado a la misma entidad* un 35%.
- Si en los 2 ejercicios anteriores SI se ha donado a la misma entidad* un 40%.
El límite de la deducción es el 10 % de la Base liquidable.
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.